Las primeras 9.271 familias han comenzado a percibir en la Comunitat Valenciana el Ingreso Mínimo Vital (IMV), según los primeros datos adelantados por la Seguridad Social. La medida está beneficiando a un total de 31.379 personas, de las cuales 17.090 son menores de edad. De este modo, las familias valencianas representan el 12,5% de todas a las que se les ha concedido el IMV en España. En concreto, han comenzado a recibir este ingreso 74.119 familias en todo el país, que agrupan a 251.346 personas, más de la mitad menores.
Estos primeros beneficiados son aquellos que ya venían recibiendo una prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con una discapacidad menor del 33%. Todos estos casos han sido reconocidos de oficio como beneficiarios del IMV. Para proceder a estos pagos del mes de junio la Seguridad Social ha destinado 32 millones de euros, lo que supone una ayuda media por familia de 430 euros.
Además de estas concesiones de oficio, la Seguridad Social ha recibido en los diez primeros días desde que se abrió la posibilidad de solicitar estas ayudas unas 344.585 solicitudes para acogerse al IMV. De ellas, 41.450 se corresponden a familias residentes en la Comunitat Valenciana. Quienes presenten la solicitud antes del 15 de septiembre y les sea aprobada, tendrán derecho a percibirla con carácter retroactivo desde el 1 de junio.
El Ingreso Mínimo Vital fue aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 29 de mayo y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. Completa las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva, distribuida en doce pagas. Según los cálculos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, más de 830.000 hogares podrían ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En ellos viven unos 2,2 millones de personas de los que la mitad son menores.
Requisitos
El primer requisito para acceder al IMV será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho. Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad.
Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.
Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia ésta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud. Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar. Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.
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